¿Es Usted Donador de Órganos y su Familia no Sabe?

Enero 17, 2016

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Si usted ha considerado ser donador de órganos al momento de fallecer, recuerde informarles a sus familiares o dejar una constancia escrita para que respeten su voluntad. Una vez usted o su familiar estén muertos, quienes tienen potestad sobre su cuerpo son sus familiares.

El artículo segundo de la Ley 73 de 1988, es el mejor aliado para quien desee donar, pues expresa las condiciones bajo las cuales el proceso de donación se desarrollará.

En este, se hace mención de que la donación se ejecutará cuando la persona en vida NO se haya opuesto a la extracción de órganos o componentes anatómicos de su cuerpo luego de su deceso, y además si en las seis horas siguientes los familiares, ya informados, no expresan una opinión contraria a la autorización de donación.
Estas seis horas son consecuentes a la muerte cerebral o se extienden, si es decisión de los familiares, hasta antes de la autopsia médica.

Si bien los médicos forenses deben velar por la integridad del cuerpo del fallecido hasta que los familiares autoricen o rechacen el procedimiento, es el Instituto de Medicina Legal quien debe verificar el cumplimiento de la ley ya descrita, permitiendo que se opere la presunción de donante o no, e informándole a los deudos del fallecido sobre la situación.

Es de resaltar que la responsabilidad de la extracción de órganos no recae sobre la Cruz Roja o alguna otra entidad privada, si el médico forense (directamente responsable) no informa a los deudores por omisión o siguiendo la presunción de donante, es responsabilidad de él.

Pues es directa responsabilidad de Medicina legal el velar por el cuidado y mantenimiento del cuerpo mientras aparecen los familiares. Las entidades públicas se encargan de la entrega de órganos y sustancias donadas a las personas que los necesitan, una vez el médico forense les da vida para utilizar las partes del fallecido.

Informar a Familiares Sobre su Voluntad

Si usted quiere donar sus órganos al morir, recuerde informarle a su familia y solicitarle siempre que respeten su voluntad. Acogerse a la Ley 73 de 1988, dejando en claro durante su vida que no se opone a donar órganos y tejidos.

Por último, aparte de cuidar su salud para poder favorecer a más personas, no olvide sacar su carnet de donante. cargue con usted el carnet, o bien con su número de cédula confirmarán su deseo de ayudar. En este link podrá acceder a su carnet.

Conclusión

La donación de órganos es una decisión muy generosa que no todos comprenden. Aunque muchos fallecidos desearan entregar su cuerpo para este propósito, el shock que una perdida significa para el familiar, tiende a quererlo a apegar al recuerdo de su ser querido, queriendo preservar no solo este sino el cuerpo mismo en las mejores condiciones.

El miedo a ver a esa persona deformada, a no enterrarlo completo, creencias religiosas, tradiciones familiares y mitos sociales, son algunas de las razones porque la gente se abstiene a donar, o no permite que su familiar done al morir.

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