¿Qué es la responsabilidad civil contractual en Colombia?

Diciembre 21, 2023

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Abogados en Acuerdo de Contrato
Para hablar de la responsabilidad civil contractual, primero debemos dejar claro lo que es un contrato, es un acuerdo o un pacto mediante el cual una parte se obliga a hacer o dar una cosa y la otra a recibirla. Como lo expresa el Código Civil, cada parte puede ser de una o muchas personas y pueden celebrar contratos unilaterales o bilaterales. En este artículo nuestros abogados comerciales te presentan los detalles más importantes relacionados con la responsabilidad contractual en Colombia.

En los contratos unilaterales solo se obliga una parte para con la otra en el cumplimiento de las cláusulas, y cuando se trata de contratos bilaterales, ambas partes se ven obligadas mutuamente. Ahora bien, la responsabilidad civil contractual surge una vez que un contrato ha sido legalizado y por ende obliga a las partes al cumplimiento de éste.

Pero no es únicamente el cumplimiento del contrato como tal, sino que el compromiso se manifiesta aún más, cuando se suscitan daños colaterales y se exige el cumplimiento de la responsabilidad civil, que no es más que la reparación de los daños causados.

En consecuencia, el causante del daño debe responder legalmente por su falta o negligencia, ya que, al no cumplir con la responsabilidad civil contractual, debe asumir las consecuencias legales de sus acciones. Por ello, es importante darle formalidad legal a cada contrato civil, para poder aplicar la norma ante el incumplimiento de quienes lo conforman, en este caso el art. 1602 del Código Civil es el que expresa que los contratos son ley para los contratantes, es decir, para las partes involucradas, y no pierde validez sino únicamente por el consentimiento de éstos cuando en conjunto lo manifiestan, así como también, puede perder validez por una causa legal que lo justifique.

Es importante mencionar que la persona o personas que se obligan de forma voluntaria por medio de un contrato deben cumplir con los siguientes requisitos (art. 1502 C.C):
  • Que sea legalmente capaz, es decir, que pueda sin autorización de otra persona, obligarse legalmente al cumplimiento de un contrato.
  • Que consienta en dicho acto o declaración y su consentimiento no adolezca de vicio.
  • Que recaiga sobre un objeto lícito.
  • Que tenga una causa lícita.
Promesa de contrato: muchas personas llegan a acuerdos de palabra en el cumplimiento de ciertas obligaciones, pero estos acuerdos no producen realmente una obligación, sin embargo, si hay una promesa de celebrar un contrato y esta promesa cumple con los requisitos exigidos por ley, puede producir obligación cuando ( art. 1611 C.C):
  • La promesa conste por escrito.
  • El contrato a que la promesa se refiere no sea de aquellos que las leyes declaran ineficaces por no concurrir los requisitos que establece el artículo 1511 del Código Civil.
  • La promesa contenga un plazo o condición que fije la época en que ha de celebrarse el contrato.
  • Que se determine de tal suerte el contrato, que para perfeccionarlo solo falte la tradición de la cosa o las formalidades legales.
Mujer reclamando incumplimiento de contratoDe igual forma, y una vez que se formaliza un contrato civil, es necesario que se ejecuten de buena fe y quienes están obligados legalmente cumplan además con cualquier situación o efecto que se derive de la naturaleza de la obligación.

La responsabilidad civil extracontractual: la responsabilidad civil no es solo un deber de quienes están obligados legalmente por la figura de un contrato, la ley también se aplica para quienes han cometido una falta de forma extracontractual, para quienes han ocasionado un daño y deben cumplir con la obligación de indemnizar por la falta o delito cometido, adicional al cumplimiento de la sanción que la ley determine. "Es obligado a la indemnización el que hizo el daño…"( art. 2343 C.C).

En conclusión, La responsabilidad civil consiste en la obligación de subsanar o compensar a una persona por los daños o perjuicios recibidos, y no solo se obliga al causante por incumplimiento contractual sino también extracontractual. El hecho está en que quien ocasiona el daño debe hacerse responsable de sus acciones conforme lo estipule la ley.

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