¿Qué hacer si una Aseguradora no me Quiere Pagar?

Enero 21, 2016

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Qué hacer si una aseguradora no quiere pagar? Es la pregunta que todos hacen cuando compran un seguro o una póliza ante un asesor comercial de una aseguradora.

Este es un miedo generalizado que tienen todos los compradores, pues están arriesgando su dinero, solo manteniendo la confianza que le brinda dicha empresa. Pero antes de responder esta pregunta, debemos analizar los 9 casos por los cuales una aseguradora no pagaría una póliza o seguro.

Situación por las Cuales una Aseguradora no Pagaría una Póliza

  1. El culpable del accidente no había pagado el seguro

  2. El vehículo accidentado es robado

  3. El vehículo culpable se fugó del accidente

  4. Las causas ocurrieron por estar embriagado

  5. Usted ocasionó el siniestro

  6. La compañía de seguros cree que es un montaje

  7. Por una excesiva petición de dinero

  8. Por incumplimiento del plazo para reclamar

  9. Por quiebre y escasez de dinero de la aseguradora
Y qué hacer si una aseguradora no me quiere pagar si no soy culpable, ni estaba ebrio y cumplo con el contrato establecido inicialmente.

La Superintendencia Financiera ha recibido en el año 2015 más de 65 mil quejas y reclamos de usuarios que piden a la aseguradora el pago del seguro. Esta es la entidad encargada de hacer valer los derechos de los asegurados.
La Superintendencia permite que toda persona indefensa pueda interponer una queja por incumplimiento de una compañía de seguros.

Para presentar este inconformismo, el usuario puede remitirse en Bogotá a la calle 7° # 4-49 o si está en otra parte del país, enviar un correo electrónico a super@superfinanciera.gov.co. Asimismo, es conveniente visitar la página web de esta entidad y conocer en detalle este procedimiento. La queja debe cumplir con ciertos requisitos, como pruebas e incumplimientos y datos de contacto de las dos partes.

La Superintendencia dará un veredicto según las pruebas y la investigación que ellos realizaron. La entidad confirmará los datos y todo lo referente al no pago que ha establecido la aseguradora. Sin embargo, si el usuario no está de acuerdo con el veredicto, puede interponer una demanda o queja judicial ante un juzgado, acogiéndose al artículo 57 de la Ley 1480.

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