Código Penal Colombiano: Conceptos que Debes Conocer

Enero 14, 2016

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Día tras día es muy frecuente escuchar en los medios informativos conceptos que para las personas ajenas al derecho son difíciles de entender. En este sentido hemos querido iniciar con un proceso educativo en leyes mediante el análisis a fondo del Código Penal Colombiano y mostrar a nuestros seguidores qué significa tal concepto y cómo se aplica en las leyes colombianas.

Empezaremos por el Capítulo I de las normas rectoras de la Ley Penal colombiana. Este primer capítulo tiene 13 artículos, los cuales definen los conceptos que serán tratados a lo largo del Código.

El artículo 1 define la Dignidad Humana en todo proceso penal; y es a partir de este primer apartado que toda persona, a pesar de haber cometido un delito, tiene el derecho a que se respete su dignidad e integridad física.

Además esto lo sustenta la Constitución Política de Colombia. De acuerdo con ello, es importante resaltar que nadie, por más delitos que haya cometido, podrá ser sometido a tortura.. Se evidencia en el país que los ciudadanos están linchando a ladrones y asesinos y esta situación va en contravía de este artículo y de la Constitución.

Tipicidad

En los medios informativos es frecuente escuchar el concepto de tipicidad. Esta se refiere básicamente a una conducta que conlleva a una acción de un delito o la omisión del mismo.

En el Código Penal Colombiano se establecen estos delitos. Así como lo establece el artículo 11, para que una conducta esté dentro de este concepto legal debe haber lesiones hacia otra persona o que la ponga en peligro, siempre y cuando lo haga con culpabilidad. Nadie podrá ser juzgado sin pruebas ni hechos demostrables.

Doble Incriminación

Según el artículo 8°, nadie en Colombia podrá ser imputado más de dos veces por el mismo crimen , sin importar cuál sea la denominación jurídica que se le haya dado. Cabe la posibilidad de ser imputado por diferentes delitos.

Sin embargo, las normas internacionales podrán establecer los instrumentos jurídicos que sean convenientes para imputar el mismo delito a una persona.

En el Código Penal colombiano, nadie podrá ser juzgado por el mismo delito, pero en el ámbito internacional si será posible. Como ejemplo podemos mirar el caso de los narcotraficantes, que han sido condenados en EE.UU y regresan a Colombia a pagar por el mismo delito.

Conducta Punible

Una persona, según expresa el Código Penal colombiano en su capítulo I, para que sea juzgado y condenado por un delito debe haber cometido una acción que le haya causado un daño a otra persona y lo haya hecho con culpabilidad.

De esta situación se desprenden los conceptos de tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad, los cuales se refieren básicamente a que la conducta cause daños en el bien de otra persona y se haya hecho con intención de hacer daño. Se aclara en el artículo 9° que "La causalidad por sí sola no basta para la imputación jurídica del resultado."

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