Si va a Vender una Casa, ¿Qué Documento es Necesario para el Trámite?

Octubre 02, 2019

20.81k
Facebook Twitter LinkedIn Google+ Pinterest WhatsApp
Copiar Enlace Tu navegador no soporta copiado automático, por favor selecciona y copia el enlace en la caja de texto, luego pégalo donde necesites.
Vender una casa puede resultar ser el mejor negocio para una familia o para una persona, pero también puede llegar a ser un dolor de cabeza.

No es simplemente el hecho de querer hacerlo y simplemente esperar el dinero recibido por la venta. Detrás de este negocio hay toda una forma compleja que requiere de documentos adicionales y tiempo suficiente para hacerlo.

Además del tiempo, es necesario también tener en cuenta que vender una casa tiene unos gastos adicionales, como la publicidad. En ciertas ocasiones, este costo puede llegar a ser alto, dependiendo de muchos factores. Si se sabe utilizar muy bien la publicidad, puede al final conseguir venderla por un precio favorable.


Los documentos que se necesitan, según la Notaría 33 de Bogotá, en su portal web, establece lo siguiente para vender una casa:

  • Pago de impuesto predial del año en curso.
  • Paz y salvo de Valorización expedido por IDU.
  • Paz y salvo de administración (En caso que el inmueble se encuentre sometido al régimen de propiedad horizontal.)
  • Certificado de tradición y libertad (Vigencia no mayor a 30 días.)
  • Tradición Anterior (Escritura pública anterior)
  • Fotocopia de cédulas tanto de comprador como de vendedor. (Personas naturales)
  • Certificado de cámara y comercio (Persona jurídica) y acta de socios según sea el caso.
  • Manifestación libre de estado civil.
  • Boletín de nomenclatura
  • Poder si alguna de las partes actúa mediante apoderado. (Si se trata de un poder general. Ver Tramite poder general.doc debe traer su respectiva vigencia a la fecha de la firma de la escritura)
  • Carta de aprobación de crédito (Si compra con financiación ó si se trata de hipoteca)
  • Certificado de existencia y representación legal expedida por la Cámara de Comercio.
  • Poder del ente financiador si alguno de los dos actúa mediante apoderado.
  • Permiso de venta si es la primera vez.
  • Declaratoria de elegibilidad si la vivienda es de Interés social.
  • Certificación de deuda o prorrata (cuando se trata de hipoteca).
  • Aportar parte pertinente de área y linderos del predio cuando el Reglamento de propiedad horizontal se encuentre protocolizado en Notaria distinta.

  • Por su parte, la Notaria 19 de Bogotá establece los mediante un documento los requisitos para evitar fraudes, robos o un trato injusto para una de las partes. (Descárgalo aquí)



    20.81k
    Facebook Twitter LinkedIn Google+ Pinterest WhatsApp
    Copiar Enlace Tu navegador no soporta copiado automático, por favor selecciona y copia el enlace en la caja de texto, luego pégalo donde necesites.
Este sitio utiliza cookies para ayudar a brindarte la mejor experiencia posible. Revisa nuestra Política de Privacidad para más información. Al continuar navegando este sitio sin cambiar la configuración de cookies en tu explorador, estás aceptando nuestro uso de cookies.
Aceptar
Imagen del Agente del Chat
Oscar
Agente en Línea
Chatea ahora