EPS no Pueden Retirar de su Sistema a Aquellas Personas que Hayan Sido Despedidas
Enero 09, 2016

El Sistema de Salud en Colombia siempre ha sido fuertemente criticado, hasta el punto de ser considerado uno de los más deficientes en Latinoamérica. Los pacientes deben
interponer tutelas para recibir tratamientos médicos, porque sus
EPS niegan incluso hasta el medicamento más económico.
De esta manera, muchos empleados no reciben un servicio de calidad ni mucho menos un servicio eficiente. Por esta razón, la Corte Constitucional ha venido reglamentando
procesos de mejora que beneficien a los empleados.
Gracias a una sentencia de la Corte, se determinó que
una EPS no puede desvincular a un trabajador que esté recibiendo un tratamiento médico y sea despedido de su trabajo en ese momento. Es decir, que ahora las EPS no pueden retirar de su sistema a aquellas personas que hayan sido despedidas o hayan dejado de trabajar en el momento en que estén siendo tratadas por un procedimiento médico.
De esta manera se
garantiza el derecho a la vida, a la salud, a la dignidad y a la integridad física de una persona que haya perdido su trabajo y por ende su desvinculación a una EPS.
Esta sentencia se dio luego de que una empleada doméstica en un conjunto residencial fuera despedida justo cuando recibía un tratamiento contra el cáncer de ovario y contra la artritis. La EPS la retiró inmediatamente de su sistema y por ende ella dejó de recibir este tratamiento.
Mediante una tutela, ella fue reincorporada a su trabajo y reintegrada al sistema para continuar con el proceso médico llevado a cabo contra el cáncer. La EPS desconoció sus derechos y fue más importante el pago mensual que la vida de la paciente.
Sistema de Salud en Colombia
Todo empleado tiene
derecho al Sistema de Seguridad Social, en el que se le vincula a una
EPS, una ARL, a una Caja de Compensación y a un Fondo de Pensiones. Esto se da con el pago de un porcentaje que da la empresa contratante y otro que se descuenta del salario del empleado.
Pero él empieza a
recibir todos los beneficios de una EPS en el segundo mes de estar vinculado a ella. Para el primer mes, solo puede recibir los
servicios médicos de urgencia. Es decir que el primer mes solo puede asistir si tiene una calamidad y no por prevención a una enfermedad.
Lo mismo sucede cuando el empleado deja la empresa, porque es
despedido o se marcha voluntariamente, su
EPS cubre un mes más pero solo para casos de urgencia. Con la sentencia de la Corte, si se encuentra en un tratamiento médico, la EPS no lo podrá desvincular del sistema así se haya ido de la empresa.