EPS no Pueden Retirar de su Sistema a Aquellas Personas que Hayan Sido Despedidas

Enero 09, 2016

342
Facebook Twitter LinkedIn Google+ Pinterest WhatsApp
Copiar Enlace Tu navegador no soporta copiado automático, por favor selecciona y copia el enlace en la caja de texto, luego pégalo donde necesites.
El Sistema de Salud en Colombia siempre ha sido fuertemente criticado, hasta el punto de ser considerado uno de los más deficientes en Latinoamérica. Los pacientes deben interponer tutelas para recibir tratamientos médicos, porque sus EPS niegan incluso hasta el medicamento más económico.

De esta manera, muchos empleados no reciben un servicio de calidad ni mucho menos un servicio eficiente. Por esta razón, la Corte Constitucional ha venido reglamentando procesos de mejora que beneficien a los empleados.

Gracias a una sentencia de la Corte, se determinó que una EPS no puede desvincular a un trabajador que esté recibiendo un tratamiento médico y sea despedido de su trabajo en ese momento. Es decir, que ahora las EPS no pueden retirar de su sistema a aquellas personas que hayan sido despedidas o hayan dejado de trabajar en el momento en que estén siendo tratadas por un procedimiento médico.

De esta manera se garantiza el derecho a la vida, a la salud, a la dignidad y a la integridad física de una persona que haya perdido su trabajo y por ende su desvinculación a una EPS.

Esta sentencia se dio luego de que una empleada doméstica en un conjunto residencial fuera despedida justo cuando recibía un tratamiento contra el cáncer de ovario y contra la artritis. La EPS la retiró inmediatamente de su sistema y por ende ella dejó de recibir este tratamiento.

Mediante una tutela, ella fue reincorporada a su trabajo y reintegrada al sistema para continuar con el proceso médico llevado a cabo contra el cáncer. La EPS desconoció sus derechos y fue más importante el pago mensual que la vida de la paciente.

Sistema de Salud en Colombia

Todo empleado tiene derecho al Sistema de Seguridad Social, en el que se le vincula a una EPS, una ARL, a una Caja de Compensación y a un Fondo de Pensiones. Esto se da con el pago de un porcentaje que da la empresa contratante y otro que se descuenta del salario del empleado.

Pero él empieza a recibir todos los beneficios de una EPS en el segundo mes de estar vinculado a ella. Para el primer mes, solo puede recibir los servicios médicos de urgencia. Es decir que el primer mes solo puede asistir si tiene una calamidad y no por prevención a una enfermedad.

Lo mismo sucede cuando el empleado deja la empresa, porque es despedido o se marcha voluntariamente, su EPS cubre un mes más pero solo para casos de urgencia. Con la sentencia de la Corte, si se encuentra en un tratamiento médico, la EPS no lo podrá desvincular del sistema así se haya ido de la empresa.

342
Facebook Twitter LinkedIn Google+ Pinterest WhatsApp
Copiar Enlace Tu navegador no soporta copiado automático, por favor selecciona y copia el enlace en la caja de texto, luego pégalo donde necesites.
Este sitio utiliza cookies para ayudar a brindarte la mejor experiencia posible. Revisa nuestra Política de Privacidad para más información. Al continuar navegando este sitio sin cambiar la configuración de cookies en tu explorador, estás aceptando nuestro uso de cookies.
Aceptar
Imagen del Agente del Chat
Daniela
Agente en Línea
Chatea ahora