Mañana le Pago

Octubre 15, 2019

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Si ha escuchado esta frase, probablemente tenga que cobrar deudas, en Colombia y en muchos países la palabra era vital en los negocios y en la vida misma, lamentablemente esto ha cambiado y ahora se hace cada vez más complicada la exigibilidad del pago a los morosos, pero existen soluciones legales eficaces para el ejecutar la obligación.

Los títulos valores, tales como: letras de cambio, pagares, facturas, cheques, y otros como las actas de conciliaciones prejudiciales, sentencias, laudos arbitrales, contratos y cualquier escrito claro, expreso y actualmente exigible, hacen la vida más fácil para estos acreedores cansados de las frases como: "mañana seguro le pago" o "de mañana no pasa".

El proceso ejecutivo para cobrar deudas, se inicia gracias a los documentos anteriormente referenciados es un proceso corto, ágil y económico. Después de la evaluación por parte del juez del documento que presta merito ejecutivo, se activan las medidas cautelares solicitadas y un embargo directo se hace más real.

Sobre el proceso ejecutivo, te recomendamos el siguiente artículo: Diferencias entre el proceso ordinario y el ejecutivo en Colombia.

Así las cosas, dentro del proceso ejecutivo también se pueden exigir deudas de hacer, como por ejemplo: mano de obra, pintar o construir u omisión que se trata de no hacer o dejar de hacer algo específico lo cual está debidamente pactado en un documento exigible y claro.

El proceso ejecutivo se caracteriza esencialmente por la certeza y determinación del derecho sustancial pretendido en la demanda, razón por la cual b>el artículo 488 del Estatuto Procedimental Civil establece que:

"…pueden demandarse ejecutivamente las obligaciones expresas, claras y exigibles que consten en documentos que provengan del deudor o de su causante y constituyan plena prueba contra él…

De manera que no se trata de cualquier clase de obligación, sino de una cualificada, la que debe surgir del documento o conjunto de documentos, si se trata de un título complejo, que tenga la virtualidad de producir en el juez un grado de certeza tal, que de su simple lectura quede acreditada, al menos en principio, una obligación indiscutible que se encuentra insatisfecha, sin que haya necesidad de hacer mayores inferencias o disquisiciones para determinar su existencia y condiciones.

Es así como este proceso acompañado por un abogado civil experto y ágil es, no solo es el más eficaz sino el único camino viable para que no sea mañana SINO HOY que le paguen su deuda.


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