Por Emergencia Carcelaria más de Cuatro Mil Presos Podrían Obtener Prisión Domiciliaria

Abril 17, 2020

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El pasado 6 de marzo del 2020, se dio a conocer primer caso del coronavirus COVID-19 en Colombia; noticia que causó gran preocupación en los abogados penalistas y expertos infectólogos, puesto que las cárceles son el hacinamiento perfecto para que dicho virus se expanda. Por consiguiente, el Colegio de Abogados de Colombia e infectólogos de la región han solicitado al gobierno la activación de una "emergencia carcelaria" que busque resguardar la salud de los presos por medio del subrogados de prisión domiciliaria para así, mejorar las condiciones de las prisiones y evitar que se propague el virus dentro de los centros carcelarios.

No es una novedad que, el sistema carcelario colombiano, se ha visto inmerso en diversos conflictos armados entre los presos, debido al alto índice de ingresos y de delincuencia común dentro de los establecimientos. El déficit del sistema carcelario de nuestro país sumado a la gran saturación de las prisiones, han hecho que el gobierno opte por buscar establecer esta nueva política en la que se amplía el subrogado penal de prisión domiciliaria.

Según la fuente del diario colombiano La Semana, se expresa en una noticia del ámbito legal que:

"La característica de todas las prisiones de Colombia es su alto nivel de hacinamiento y el nuevo coronavirus –cuya dimensión es de pandemia– tiene su mayor fortaleza en la fácil propagación que logra en grupos humanos próximos, como familias o equipos de trabajo."

El 14 de abril se aprobó el decreto presidencial 546 con el cual más de 4.000 presos podrán optar por recibir el beneficio transitorio de prisión domiciliaria. Esta medida busca enfrentar la emergencia carcelaria y buscar disminuir la compleja situación que afrontan el país debido al coronavirus COVID-19, puesto que el virus sigue avanzando a gran magnitud. En este mismo sentido, en Colombia Legal Corporation como abogados penalistas, te ampliaremos en la siguiente publicación toda la información que necesitas saber acerca de la emergencia carcelaria en Colombia.

¿Cuáles son los Requisitos que Debe Cumplir un Condenado Para Solicitar la Prisión Domiciliaria Debido a la Pandemia?

El Colegio de Abogados Penalistas de Colombia ha liderado la petición al gobierno de decretar una medida que mitigue la cantidad de infectados por virus y vele por resguardar la salud pública de los presos. Por ende, los profesionales penalistas colombianos presentaron ante el Ministerio de Justicia cinco puntos a considerar con el propósito de que el decreto responda adecuadamente a la problemática sin olvidar que, la declaración de emergencia sanitaria en las cárceles no faculta al Ejecutivo para dar libertad, es decir, que dicha potestad sigue teniéndola los jueces penales. Dichos puntos son:
  • "Todos los privados de la libertad mayores de 60 años o que padezcan enfermedades que aumentan la probabilidad de complicaciones y muerte en caso de infección por covid-19 (cardíacas, pulmonares, renales, inmunosupresivas, hepáticas y pacientes en tratamientos de oncología, diálisis renal o terapia de reemplazo renal) deben ser enviados a prisión domiciliaria. Esto siempre y cuando no estén procesados o no hubieren sido condenados por delitos de lesa humanidad, con menores de edad víctimas y sexuales.

  • Se debe modificar el artículo 38G y 68A del Código Penal y el Parágrafo del artículo 314 del Código de Procedimiento Penal, para que solamente se prohíban los subrogados penales y beneficios cuando se trate de delitos de lesa humanidad, con menores de edad víctimas y sexuales.

  • Se debe conceder la prisión domiciliaria a quienes hayan purgado la mitad de su condena, con las únicas excepciones de delitos de lesa humanidad, con menores de edad víctimas y sexuales.

  • Los jueces de garantías deben revisar todos los casos en que estén vencidos los términos procesales o el término máximo de la medida de aseguramiento, oficiosamente o por petición de la Fiscalía General de la Nación, Ministerio Público o Defensa, y ordenar la libertad o la sustitución por medidas no privativas, según corresponda.

  • En la actualidad hay 30.131 privados de la libertad condenados a penas inferiores a 5 años (27.097 hombres y 3.034 mujeres), debiéndose otorgar la suspensión condicional de la pena a los condenados a menos de 4 años, con las únicas excepciones de delitos de lesa humanidad, con menores de edad víctimas y sexuales.,/li>

  • Los cupos que queden con ocasión de los beneficiados con las medidas anteriores, se deben distribuir de tal forma que solo un centro carcelario por departamento o municipio (en los casos en los que exista más de uno) quede con cupos para recibir a los nuevos condenados, quienes no deben tener contacto con los internos antiguos".

Estos serán los requisitos que se aplicarán para solicitar la pronta medida propuestas por el Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, custodiando siempre que cada paso este dentro del marco jurídico y que se cumpla a cabalidad cada uno de los puntos dispuestos. No obstante, cuando de procesos penales se trata, existen miles de razones para necesitar de un abogado penalista, que trabaje en pro de hacer cumplir las leyes y de manera correcta, encamine cada caso.

Decreto 546 por Emergencia Sanitaria y Crisis Carcelaria

¿En qué Consiste la Prisión Domiciliaria?

La prisión domiciliaria o casa por cárcel como también es conocida, es una medida penal que tiene como objetivo sustituir la prisión por una residencia dispuesta por el Juez, privando de libertad a una persona que ya ha sido sentenciada por cometer un delito. Dicha medida permite que el condenado, cumpla su pena en un domicilio, residencia o en el lugar que el juez encargado determine para cumplir la pena, es decir, el lugar no es decidido por el imputado, sino que, es el Juez quien delega y cerciora el lugar en donde el preso cumplirá su condena.

Esta medida es aplicable en personas que tengan edad avanzada, tengan a cargo a una persona/familiar o padezcan de una enfermedad terminal. Por lo que, para que dicha disposición sea tomada, dependerá del caso, debido a que no a todos los delitos que cometa una persona se le puede otorgar la prisión domiciliaria. Es importante acotar que, se revocará la medida sustitutiva de prisión que se haya dispuesto a un preso, si este llega a cometer el delito de fuga, y se dispondrá la correspondiente investigación, si fuere el caso.


¿Se Necesita de un Abogado Penalista para Solicitar este Beneficio?

En este tipo de casos, es indispensable la asesoría de un abogado penalista que, apegado a las leyes correspondiente, busque defender el caso y que las personas cumplan con los requisitos legales exigidos para la aprobación de dicha disposición. Según el diario EL HERALDO, el Ministerio de Justicia expresó que podrían ser entre cuatro mil y quince mil los cobijados aproximadamente con casa por cárcel en Colombia ya que, de acuerdo con las cifras, seis mil reclusos son mayores de 60 años de edad. Es necesario resaltar que, ya que no se trata de un asunto solo de impunidad, sino que esta en juego la salud pública y la dignidad humana de los presos.

Firma de abogados Expertos en Derecho penal

En conclusión, si necesitas de una firma de abogados penalistas que te brinden la asesoría y representación que necesitas para solicitar esta nueva medida, en Colombia Legal Corporation contamos con los profesionales indicados para tu resolver tu caso penal.

Como abogados especialistas en derecho penal, consideramos que esta nueva medida de subrogado, es una alternativa que tiene como objetivo, buscar que la persona cumpla con la pena impuesta sin estar expuesta a ser contagiada por el virus que azota actualmente al mundo.

Además, en Colombia Legal Corporation conocemos la situación actual del sistema carcelario de nuestro país por lo que, en nuestro despacho se encuentra un equipo de profesionales dispuestos a brindarte la asesoría, representación y acompañamiento legal en todo lo que necesites en tu proceso penal. Nuestra meta es ofrecerte la mejor consultoría basada en las leyes colombianas y gestionar todos los trámites legales para obtener el éxito del caso que defendamos.

Si de prisión domiciliaria se trata en Colombia Legal Corporation proponemos excelentes estrategias legales para buscar que tu caso obtenga esta medida de subrogación. Comunícate de inmediato con nosotros por el +57 315 471-2143 o déjanos un mensaje en el formulario de contacto ubicado al final de esta página. En Colombia Legal Corporation un abogado penalista estará dispuesto a ayudarte desde el inicio hasta que finalice tu caso. ¡Contáctanos!


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