Superintendencia Financiera Busca Arreglar Situación de Deudores Morosos

Agosto 30, 2017

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Esta sería una noticia que alegraría a muchos deudores colombianos que en este momento estén presentando retrasos en los pagos de sus créditos.

Para nadie es un secreto que en Colombia obtener un crédito es algo relativamente sencillo; ya que con esto lo que busca el gobierno y las entidades bancarias es incentivar el consumo en los colombianos.

Pero al ser tan fácil obtener un crédito; esto llevo a las personas a adquirir dos o mas créditos para alcanzar sus sueños, como lo son, la compra de vivienda, la compra de automóvil, viajes, remodelación de hogar y demás.

Al adquirir más de un crédito las personas exceden su capacidad de pago y comienzan a formar parte de la lista de deudores morosos y las entidades financieras los reportan a las centrales de riesgo y con esto se puede muchas veces dañar la vida crediticia de muchas personas, porque si va a solicitar un crédito es muy probable que le sea negado ya que hace parte de los deudores morosos.

Debido a esto la Superintendencia Financiera presentó un proyecto de norma con el cual se busca modificar las condiciones de los créditos. Según lo dicho por la Superintendencia, la idea es es estandarizar las políticas para la adecuada gestión de las operaciones que presentan modificaciones en sus condiciones al presentar un posible o total deterioro de la capacidad de pago de los deudores.

Lo que plantea el proyecto es permitirle a los deudores la atención adecuada de su obligación y así las entidades podrán modificar las condiciones bajos las cuales fue adquirida la deuda; claro esta que estos cambios no serian vistos como una reestructuración, siempre y cuando durante los últimos 6 meses el crédito no haya alcanzado una mora mayor a 30 días para microcréditos, 60 días para crédito de consumo y 90 días para crédito comercial y de vivienda.

Los créditos anteriormente mencionados estarán bajos las siguientes normas

Su calificación corresponderá a aquella que se asigne al momento de la modificación, según las instrucciones impartidas.

Las nuevas condiciones deben atender criterios de viabilidad financiera teniendo en cuenta el análisis de la capacidad de pago del deudor, sin que ello implique el uso excesivo de periodos de gracia.

Si el deudor incumple el pago del crédito bajo las nuevas condiciones (30 días de mora), se debe reconocer como una reestructuración.

Serán objeto de monitoreo especial por parte de la entidad. Sin embargo, una vez el deudor efectúe pagos regulares y efectivos a capital e intereses por un periodo de un año ininterrumpido para los créditos de las modalidades de microcrédito y consumo, y de dos años ininterrumpidos para los créditos de las modalidades comercial y de vivienda, el crédito podrá salir de este monitoreo.

Adicionalmente, las entidades tendrían que contar con sistemas de información que permitan la identificación y seguimiento de las operaciones modificadas, incluida la calificación de riesgo de las mismas, y establecer políticas y procedimientos específicos para la gestión y seguimiento de las solicitudes de modificación de las condiciones de estos créditos.

Las entidades financieras deben aplicar las modificaciones teniendo en cuenta la capacidad de pago del deudor y en todo momento se le debe mantener informado de los cambios que se llevaran a cabo.

Fuente: Ámbito Jurídico

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