¿Que tan Ético y Profesional es tu Abogado?
Agosto 22, 2017
Hace unos días se conoció el caso de un abogado que llegue borracho a una audiencia y el Consejo Superior de la Judicatura confirmó una sentencia que sancionara al abogado por cometer una falta contra la dignidad de la profesión.
La falta que cometió el abogado se encuentra estipulada en el artículo 30 numeral 2° de la
Ley 1123 de 2017, la cual nos dice lo siguiente: Encontrarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancia estupefacientes o de aquellas que produzcan dependencia, alteren la conciencia y la voluntad al momento de realizar las actuaciones judiciales o administrativas en calidad de abogado o en el ejercicio de la profesión.
Según lo comprobó la Sala, en una audiencia de formulación de acusación, el litigante, en su condición de apoderado de confianza de una acusado por el delito de perturbación a la posesión, se presento bajo los efectos del alcohol. Vale la pena aclarar que el abogado acepto en el estado que se encontraba, manifestando que había consumido alcohol y que no se acordaba de lo sucedido ese día.
Es una grave falta por parte de este abogado, ya que al estar bajo los efectos del alcohol no se logra tener buen razonamiento y se terminara actuando de manera inadecuada; además que esta cometiendo una falta contra la dignidad de la profesión y también esta cometiendo una falta de respeto hacía el juez.
Como lo mencionamos en un articulo anterior acerca de la
formación profesional que tiene un litigante, ya que la formación ética de un profesional depende en gran medida de la formación Universitaria que tuvo.
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