¿Como se controla la exportación de Flora y Fauna en Colombia?

Mayo 04, 2022

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Contenedores de Exportación de Flora y Fauna en Colombia
Antes de tocar el tema referente a la exportación de la flora y fauna colombiana, definamos esos términos para dejar claro a qué nos referimos. La flora se refiere a todas las especies de plantas y flores, y la fauna se refiere a la gran variedad de especies animales terrestres y acuáticas que encontramos en nuestro territorio. Como firma de abogados en Bogotá son frecuentes los casos de exportación de flora y fauna que recibimos, así que vamos a profundizar un poco en este tema para ofrecer la información mas importante sobre este tema

Colombia es un país que gracias a su amplia biodiversidad obtiene reconocimiento a nivel mundial, pero esta biodiversidad también ha contribuido al comercio ilícito de plantas y especies animales, situación que afecta de manera directa el desarrollo sostenible. La explotación o aprovechamiento indebido de la flora y fauna favorece los acelerados procesos de extinción, por este y otros motivos se considera un delito.

Muchas personas dedicadas al tráfico ilegal de estas especies, trabajan en función de venderlas en el exterior sin medir las consecuencias legales y los daños ocasionados al medio ambiente. El tráfico de flora y fauna en nuestro país es considerado muy productivo, en este sentido, es comparado con delitos como la trata de personas y el narcotráfico, ya que generan muchas ganancias para quienes participan en ellos.

El Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF), organización internacional mundialmente reconocida y dedicada a la conservación del medio ambiente, maneja las elevadas cifras que reflejan el tráfico ilegal de peces, aves y plantas. Una de las consecuencias negativas de este comercio ilícito es que muchos animales se exportan para ser vendidos como mascotas y de éstos muchos mueren antes de llegar a su destino final.

En el ámbito legal las sanciones por este delito de exportación de flora y fauna están contempladas en el Código Penal de la siguiente manera:

Art. 328. Aprovechamiento ilícito de los recursos naturales renovables

"El que con incumplimiento de la normatividad existente se apropie, acceda, capture, mantenga, introduzca, extraiga, explote, aproveche, exporte, transporte, comercie, explore, trafique o de cualquier otro modo se beneficie de los especímenes, productos o partes de los recursos fáunicos, forestales, florísticos, hidrobiológicos, corales, biológicos o genéticos de la biodiversidad colombiana, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento treinta y cinco (135) meses y multa de ciento treinta y cuatro (134) a cuarenta y tres mil setecientos cincuenta (43.750) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando la conducta se cometa a través de la práctica de cercenar aletas de peces cartilaginosos (tiburones, rayas o quimeras), y descartar el resto del cuerpo al mar".


Artículo 328A Tráfico de Fauna

"El que trafique, adquiera, exporte o comercialice sin permiso de la autoridad competente o con incumplimiento de la normatividad existente los especímenes, productos o partes de la fauna acuática, silvestre o especies silvestres exóticas, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento treinta y cinco (135) meses y multa de trescientos (300) hasta cuarenta mil (40.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando la conducta se cometa a través de la exportación o comercialización de aletas de peces cartilaginosos (tiburones, rayas o quimeras)".


Estas sanciones son el resultado de la Ley 2111 de 2021, la cual fue expedida para dictar nuevas disposiciones legales con respecto a los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, para de esta manera desglosar y sancionar las diferentes infracciones en esta materia.

¿Cómo se puede controlar la exportación ilegal de flora y fauna?
  • Mediante campañas informativas hacia la ciudadanía, para darles a conocer las consecuencias de los daños ocasionados al medio ambiente y las especies que en él habitan.
  • Creación de campañas informativas sobre las diferentes sanciones penales respecto a estos delitos.
  • Crear grupos de supervisión y cuidado de especies a lo largo de todo el territorio nacional.
  • Crear diferentes medios de comunicación y organizaciones para efectuar las denuncias respectivas.
  • Hacer parte a la ciudadanía para trabajar en la prevención, monitoreo y denuncia de casos de tráfico ilegal de flora y fauna.
El medio ambiente no escapa de las infracciones legales que muchas personas cometen sin medir las consecuencias penales, por ello, en éste y muchos otros delitos es importante la participación de la sociedad, para trabajar en conjunto en la prevención y control de todo lo que puede ocasionar daño a terceros.

Flores de Exportación en ColombiaLa Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) se firmó el 3 de marzo de 1973 y entró en vigor el 1 de julio de 1975. En Colombia se aprobó a través de la Ley 17 del 22 de enero de 1981. La misión de este convenio internacional es asegurar que la fauna y la flora sometidas a comercio internacional no se exploten de manera insostenible, es decir que su comercio no sea perjudicial para la supervivencia de esas especies en el medio silvestre; por lo cual se regula la exportación, reexportación e importación de animales y plantas vivos o muertos y sus partes y derivados de acuerdo con su estado de amenaza.

Exportación legal de Flora y Fauna en Colombia

No solo el control de exportación de flora y fauna viene como consecuencia del control de las especies en peligro. Cada país receptor de flora y fauna tiene sus propios marcos legales en este ámbito con la intención de proteger sus mercados internos y para prevenir el control de enfermedades y la introducción de especies que puedan alterar el ecosistema natural del pais receptor.

Colombia es el segundo mayor exportador de flores del mundo después de Holanda, con una importante participación y reconocimiento por su diversidad y calidad de estas. Las principales especies de fauna comercializadas desde Colombia son los reptiles, que se exportan para ser utilizados como mascotas como lo son la boa (Boa constrictor), la iguana (Iguana iguana); y para la elaboración de productos derivados, se exporta el caimán aguja (Crocodylus acutus), el lobo pollero (Tupinambis teguixin) y algunas especies de tortugas.

Toda persona natural o jurídica que se dedique a la producción de especies de plantas ornamentales con destino a la exportación deberá solicitar en forma escrita a la oficina del Instituto Colombiano Agropecuario ( ICA ), una certificación que le permita comercializar y enviar este tipo de especies, tres meses antes de la primera venta o exportación. El ICA regula la producción, importación o exportación de material vegetal de propagación, flor cortada y follajes de especies de plantas ornamentales mediante el registro de los productores, para esto se debe cumplir con una serie de requisitos técnicos y empresariales debidamente documentados.

Si necesitas más información o asesoría en casos de exportación legal de flora y fauna, en Colombia Legal Corporation podemos asesorarte o representarte ante cualquier trámite o proceso. Comunícate con nosotros por el +57 315 471-2143 o déjanos un mensaje en el formulario de contacto ubicado al pie de esta página. En Colombia Legal Corporation te espera un equipo de profesionales dispuestos para atenderte. ¡Contáctanos!



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