¿Qué es el hurto en Colombia?
Junio 25, 2021
El hurto puede definirse como la sustracción de una cosa mueble o alguna de sus partes para si mismo u otra persona y que es propiedad de otra diferente. El especialista del derecho que se encarga de la representación legal en casos de hurto es el
abogado penalista. Lo que comúnmente se conoce como robo, pero que en circunstancias legales la forma correcta de dirigirse a este delito es hurto. Según el
Artículo 239 del
Código Penal Colombiano, para asuntos legales puede decirse que el hurto es y está penado de la siguiente manera:
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Artículo 239. Hurto. El que se apodere de una cosa mueble ajena, con el propósito de obtener provecho para sí o para otro, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a ciento ocho (108) meses. La pena será de prisión de dieciséis (16) a treinta y seis (36) meses cuando la cuantía no exceda de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes."
En Colombia, lamentablemente, el hurto es un delito común, así lo dejan ver las cifras del Sistema de Información Estadístico, Delincuencial Contravencional y Operativo de la Policía Nacional –
SIEDCO, y aunque estas cifras pueden variar al unificar los otros cuerpos de seguridad del estado, lo más probable es que en todo caso estas aumenten,
el hurto a personas aumentó durante 2019 un 19,36%, en comparación con 2018; el hurto de automotores y motocicletas también,
el de vehículos aumentó un 6,61% y el de motocicletas un 9,08%.
En Colombia Legal Corporation siempre estamos a su disposición para ayudarle en todos sus procesos legales, como ayudarle a presentar una denuncia por hurto. Si no sabe qué puede hacer en caso de ser víctima de hurto, por favor
contáctenos y le pondremos en comunicación con nuestro equipo de especialistas donde investigaremos los sucesos y le ayudaremos a presentar de forma clara las denuncias pertinentes ante las autoridades colombianas.
El hurto es un delito menor pero tienen una gran cantidad de condiciones por las que el delito puede ser de mayor gravedad y por ello tener consecuencias legales más perjudiciales para quien lo cometa, por ejemplo el ejercicio de alguna forma de violencia, esto es conocido como Hurto Calificado.
¿Qué es el Hurto Calificado?
Si bien el hurto es el delito en el que una persona se adueña de algo ajeno que es legítimamente de otra persona, se debe realizar de forma tal que no se ejerza ningún tipo de violencia hacia el mismo objeto de hurto e intimidación hacia las víctimas. En los casos en donde una persona incurre en un delito de hurto pero además en otros delitos o daños para lograr su cometido es conocido como hurto calificado.
Según el
Artículo 240 del Código Penal Colombiano se puede considerar hurto calificado cuando se incurre en estos otros daños y delitos:
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Artículo 240. Hurto calificado. La pena será de prisión de seis (6) a catorce (14) años, si el hurto se
cometiere:
- Con violencia sobre las cosas.
- Colocando a la víctima en condiciones de indefensión o inferioridad o aprovechándose de tales condiciones.
- Mediante penetración o permanencia arbitraria, engañosa o clandestina en lugar habitado o en sus dependencias inmediatas, aunque allí no se encuentren sus moradores.
- Con escalonamiento, o con llave sustraída o falsa, ganzúa o cualquier otro instrumento similar, o violando o superando seguridades electrónicas u otras semejantes.
La pena será de prisión de ocho (8) a dieciséis (16) años cuando se cometiere con violencia sobre las personas. Las mismas penas se aplicarán cuando la violencia tenga lugar inmediatamente después del apoderamiento de la cosa y haya sido empleada por el autor o partícipe con el fin de asegurar su producto o la impunidad. La pena será de siete (7) a quince (15) años de prisión cuando el hurto se cometiere sobre medio motorizado, o sus partes esenciales, o sobre mercancía o combustible que se lleve en ellos. Si la conducta fuere realizada por el encargado de la custodia material de estos bienes, la pena se incrementará de la sexta parte a la mitad. La pena será de cinco (5) a doce (12) años de prisión cuando el hurto se cometiere sobre elementos destinados a comunicaciones telefónicas, telegráficas, informáticas, telemáticas y satelitales, o a la generación, transmisión o distribución de energía eléctrica y gas domiciliario, o a la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado."
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Hurto Agravado y Atenuantes
En el caso de un hurto calificado también existen ciertas acciones que pueden determinar que se agrave aún más las penas impuestas, como el aprovecharse de la calamidad, infortunio, peligro común, confianza depositada en otra persona. También puede empeorar la condición de un acusado si éste en medio de un hurto usó un disfraz para simular ser autoridad, entre otras. Las penas pueden aumentarse de la mitad a las tres cuartas partes en todos los casos especificados en el
Artículo 241 del Código Penal Colombiano.
Pero este mismo Código Penal también expone los casos en que se debe considerar un atenuante, ese decir, poner una pena menor a la indicada para un delito debido a circunstancias especiales como la reparación material de un daño causado, en cuyo caso la pena no será de cárcel, sino de multa. Esto está más detallado en el
Artículo 242 del Código Penal Colombiano:
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Artículo 242. Circunstancias de atenuación punitiva. La pena será de multa cuando:
- El apoderamiento se cometiere con el fin de hacer uso de la cosa y se restituyere en término no mayor de veinticuatro (24) horas. Cuando la cosa se restituyere con daño o deterioro grave, la pena sólo se reducirá hasta en una tercera parte, sin que pueda ser inferior a una (1) unidad multa.
- La conducta se cometiere por socio, copropietario, comunero o heredero, o sobre cosa común indivisible o común divisible, excediendo su cuota parte.
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También es importante mencionar el
Artículo 269 del mismo Código Penal, donde se especifica que si una persona culpable de hurto repara los objetos que fueron hurtados y/o dañados a su dueño legítimo antes que se dicte sentencia, puede optar a una reducción de su pena:
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Artículo 269. Reparación.El juez disminuirá las penas señaladas en los capítulos anteriores de la mitad a las tres cuartas partes, si antes de dictarse sentencia de primera o única instancia, el responsable restituyere el objeto material del delito o su valor, e indemnizare los perjuicios ocasionados al ofendido o perjudicado."
Abogado Penalista en caso de Hurto
En Colombia Legal Corporation contamos con un equipo de profesionales expertos en
Derecho Penal, con el compromiso de acompañar legalmente a un acusado y representarlo para que pueda tener de manera justa su legitimo derecho a la defensa.
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Abogados Penalistas en Colombia pueden llegar al punto de mediar por un acusado, en caso de encontrarse culpabilidad, para lograr una pena justa, la menor cantidad de años retenido legalmente y cualquier término legal disponible para mejorar su condición de culpabilidad.